El Poder Ejecutivo nacional autorizó adelantos financieros destinados a un grupo de distritos que manifestaron dificultades para cubrir sus gastos corrientes y deudas.
El Poder Ejecutivo nacional oficializó la entrega de adelantos financieros destinados a un conjunto de distritos que manifestaron verse impedidos, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto. Mediante el Decreto 219/2026, Corrientes integró el listado de las doce jurisdicciones que recibieron el aval para estos fondos, los cuales no operan como una asistencia no reembolsable, sino como un mecanismo de endeudamiento a corto plazo que refuerza la dependencia de las arcas provinciales respecto a las decisiones de la Casa Rosada.
Los puntos críticos del esquema de financiamiento incluyeron:
- Costo financiero y retenciones: Los montos adelantados devengarán intereses sobre saldos desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, calculados sobre una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %. La Secretaría de Hacienda quedó facultada para disponer la cancelación de los anticipos mediante la afectación de la coparticipación federal de impuestos de las provincias detalladas.
- Discrecionalidad en el reparto: El monto otorgado a cada jurisdicción lo determinó la Secretaría de Hacienda conforme a la capacidad de repago de cada una sobre la base de su participación en la recaudación de tributos nacionales. Esto otorgó al Gobierno nacional una herramienta de presión discrecional sobre la administración local.
- Compromiso de recursos futuros: Para dar cumplimiento a la medida, el Gobierno de Corrientes debió afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales (Ley N° 23.548) y autorizar retenciones automáticas para cancelar los fondos otorgados más sus intereses.
La medida, que llevó la firma del presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo, se presentó como una solución a dificultades transitorias, pero en la práctica estableció un sistema de control centralizado donde la Nación definió las condiciones de desembolso y cancelación de los recursos que corresponden a las provincias.

