Mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno redujo instancias de control previo en las nominaciones para la Corte Suprema, fijó plazos más breves para los informes fiscales y eliminó las referencias a la diversidad de género y representación regional que regían desde 2003.
El Gobierno nacional oficializó una reforma del mecanismo para la designación de jueces de la Corte Suprema, el Procurador General y el Defensor General de la Nación. A través del Decreto 467/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei modificó aspectos centrales del procedimiento vigente desde 2003, reduciendo instancias administrativas y eliminando referencias a criterios de diversidad de género y representación regional.
La norma introduce cambios sobre los decretos 222 y 588, que durante más de dos décadas regularon el proceso de selección de candidatos para los máximos cargos judiciales del país.
Entre las principales modificaciones, el Ejecutivo eliminó la etapa previa de exposición pública de las postulaciones que se realizaba antes de la nominación formal. Hasta ahora, el Ministerio de Justicia debía difundir los nombres de los aspirantes para que la ciudadanía y distintas organizaciones pudieran presentar observaciones o impugnaciones antes de que el Poder Ejecutivo enviara los pliegos al Senado.
Con el nuevo esquema, la información sobre los candidatos será difundida únicamente a través del Boletín Oficial y de los sitios web del Ministerio de Justicia, lo que acorta significativamente los plazos del procedimiento.
El decreto también establece que los postulantes tendrán un plazo máximo de cinco días para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales, incluyendo información sobre bienes propios y de sus cónyuges, convivientes e hijos menores de edad, en cumplimiento de la Ley de Ética Pública.
Otro de los cambios alcanza a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberá emitir en un plazo no mayor a cinco días los informes sobre la situación fiscal y previsional de los candidatos. La norma enfatiza además que deberá preservarse el secreto fiscal de las personas evaluadas.
Sin embargo, uno de los aspectos más llamativos de la reforma es la eliminación de los criterios orientativos que figuraban en la normativa de 2003. Aquellas disposiciones recomendaban al Presidente considerar factores como la diversidad de género, las distintas especialidades jurídicas y la procedencia geográfica de los postulantes al momento de conformar la Corte Suprema.
La nueva redacción omite por completo esas referencias, dejando exclusivamente en manos del Poder Ejecutivo la evaluación de los candidatos sin pautas vinculadas a la representación o diversidad dentro del máximo tribunal del país.
El decreto lleva la firma del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y forma parte de una serie de cambios impulsados por el Gobierno con el objetivo declarado de simplificar y agilizar los procedimientos administrativos del Estado.
El decreto completo:

